Reglas de operación progamas STyFE 2019

Publicado el 28 Enero 2019
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La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México publicó las reglas de operación de los programas sociales para el ejercicio fiscal 2019, los cuales se detallan a continuación:

  • Fomento, Constitución y Fortalecimiento de las Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México (FOCOFESS 2019).

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México publicó las reglas de operación del programa de Fomento, Constitución y Fortalecimiento de las Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México (FOCOFESS 2019), con el cual busca contribuir a la generación de empleo local a través de la entrega de apoyos para el acceso a servicios de asesoría, capacitación, asistencia técnica especializada y adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios a Empresas Sociales y Solidarias (ESS).

El programa FOCOFESS 2019 instrumentará 2 estrategias: a).- Subprograma de “Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias”, y b).- Subprograma de “Fortalecimiento a Empresas Sociales y Solidarias”.

Mediante el programa se brindarán un apoyo económico indirecto destinado a cubrir el servicio de capacitación para el impulso a la formación de la empresa social y solidaria así como la generación del proyecto productivo de inversión social y los gastos relacionados con la Constitución legal, hasta por un monto de 50 mil pesos, por organización social beneficiaria; y un apoyo económico diferenciado destinado a cubrir los servicios de asistencia técnica especializada y/o para la adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios enfocados a fortalecer procesos productivos, de comercialización y/o de promoción por un monto de hasta 150 mil pesos, por empresa social y solidaria beneficiada.

La STyFE trabajará de manera coordinada con las Alcaldías de la Ciudad de México y con los Centros Comunitarios Puntos de Innovación, Arte, Libertad, Educación y Saberes (PILARES), a través del Programa “FOCOFESS 2019”, para el fomento, la constitución y fortalecimiento de las ESS a través de Convenios de Colaboración en los cuales se establezcan los lineamientos bajo los cuales se trabaje conjuntamente en los rubros que atañe al presente programa. Asimismo, entre otras ESS se apoyará a las cooperativas de las personas trabajadoras, mujeres trabajadas y otras formas de organización productiva del sector social de la economía, que contribuyan al desarrollo económico de la Ciudad y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes.

Consulta el resumen de las reglas de operación del programa FOCOFESS 2019

  • Programa social Seguro de Desempleo

Reglas de operación del programa social Seguro de Desempleo, el cual atiende a personas trabajadoras de 18 años de edad y hasta los 67 años con 11 meses, que se encuentran en la búsqueda de un nuevo empleo y residen en la Ciudad de México, que hayan sido despedidas de manera injustificada del sector formal laboral en alguna de las 16 alcaldías, con el objeto de crear las condiciones adecuadas para contribuir a su reincorporación laboral.

El Seguro de Desempleo tiene tres componentes fundamentales: a) Otorgamiento de un apoyo económico, de 2 mil 568 pesos; b) Canalización a los programas de empleo, capacitación, adiestramiento y desarrollo de habilidades que proporciona la STyFE a las personas beneficiarias a fin de facilitar la obtención de un empleo formal; y c) Coadyuvar en la reincorporación laboral, a través de bolsas de trabajo, ferias de empleo y otros mecanismos de vinculación e inserción laboral que ofrecen las diferentes áreas de la STyFE.

La protección económica básica se otorga a las personas residentes en la Ciudad de México que hayan perdido involuntariamente su empleo formal en la misma, incluyendo a grupos en situación de vulnerabilidad (personas migrantes connacionales repatriadas o retornadas, personas huéspedes que hayan perdido su empleo, personas en condición de refugiadas o beneficiarias de protección complementaria, personas preliberadas y liberadas de Centros de Reclusión de la Ciudad de México, mujeres despedidas injustificadamente por motivo de embarazo, personas de comunidades étnicas o indígenas que sufren la pérdida de su empleo, personas defensoras de derechos humanos y/o periodistas en situación de desplazamiento interno por motivos de riesgo, personas productoras y trabajadoras agrícolas, forestales y agropecuarias, entre otras.

Las personas beneficiarias sólo pueden acceder al programa de “Seguro de Desempleo” durante un plazo no mayor a seis meses, cada dos años, y hasta por un máximo de dos ocasiones, (salvo en casos de excepción por Acuerdo de la Jefa de Gobierno, en cuyo caso, se especificará en los Lineamientos respectivos).

Consulta el resumen de las reglas de operación del programa social Seguro de Desempleo.

  • Programa Fomento al Trabajo Digno

Reglas de operación del programa Fomento al Trabajo Digno, (antes Fomento al Trabajo Digno en la Ciudad de México, “Trabajo Digno Hacia La Igualdad”) mediante el cual se otorga en el corto plazo apoyo económico y capacitación para el trabajo, acceso a proyectos de ocupación temporal en acuerdos institucionales, recursos para su movilidad o asistencia técnica, equipamiento y asesoramiento para consolidar proyectos de autoempleo, a la población desempleada y/o subempleada habitante de la Ciudad de México de 16 años y más, que enfrenta problemas para obtener empleo; facilitando con ello su acceso al trabajo digno.

El programa “Fomento al Trabajo Digno” instrumentará en 2019 tres estrategias: a) Capacitación para el Trabajo (SCAPAT); b) Fomento al Autoempleo (SFA); y c) Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML), garantizando en todo momento la equidad de género, la diversidad y la inclusión laboral.

El Subprograma Capacitación para el Trabajo (SCAPAT) apoya a las personas desempleadas o subempleadas buscadoras de empleo, que requieren capacitarse para adquirir conocimientos, desarrollar habilidades y competencias laborales que permitan facilitar su colocación o desarrollar una actividad productiva por cuenta propia.

El Subprograma de Fomento al Autoempleo (SFA) atiende a personas de 18 años en adelante que se encuentran en situación de desempleo o subempleo y que cuenten con las competencias y experiencia laboral para desarrollar una actividad productiva por cuenta propia incentivando la generación o consolidación de empleos mediante la entrega de mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta sustancial e indispensable para el proceso productivo de la Iniciativa de Ocupación por Cuenta Propia (IOCP), hasta por la cantidad de 25 mil pesos, por persona beneficiaria hasta un máximo de 125 mil pesos por cada IOCP.

Finalmente, el Subprograma Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML) tiene dos modalidades: Compensación a la Ocupación Temporal (COT) y Apoyos a la Movilidad Laboral Interestatal (AMLI). En la Modalidad COT se apoya a la población desempleada residente de la Ciudad de México, de 16 años y más, con interés en participar en el desarrollo de actividades de carácter temporal, en el marco de proyectos locales y/o regionales de carácter gubernamental, social y/o comunitario de instituciones públicas o privadas, que le permita contar con ingresos para atender sus necesidades básicas y continuar su búsqueda de empleo. Y la modalidad AMLI está orientada a facilitar la contratación de población buscadora de empleo con empresas de los sectores industrial y de servicios de otras entidades del país, a través de información sobre ofertas de trabajo, asesoría y apoyo económico para su traslado al domicilio de la empresa contratante, ampliando con ello sus opciones de inserción laboral.

Consulta el resumen de las reglas de operación del programa Fomento al Trabajo Digno..

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