Acerca de
Asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables en el ámbito de las relaciones laborales, a fin de proteger la dignidad y los derechos de la población trabajadora.
Fomentar el ejercicio pleno de los derechos de la población trabajadora en condición de exclusión sociolaboral, a través de acciones y políticas públicas para su ingreso y permanencia en un trabajo decente.
Garantizar el acceso al seguro de desempleo como un derecho social fundamental que permita a las y los trabajadores su reinserción a un trabajo digno.
Promover la buena relación obrero patronal a través del diálogo social y la resolución consensuada de conflictos.
Promover acciones que favorezcan la incorporación de las personas buscadoras de empleo a un trabajo digno de acuerdo con sus capacidades, habilidades, saberes y aspiraciones.
Ofrecer alternativas de capacitación a la población trabajadora y personas buscadoras de empleo, a fin de incrementar sus competencias, habilidades, conocimientos y valores para mejorar su desarrollo personal y ampliar sus opciones de empleo y ascenso en el trabajo.
Fortalecer proyectos de autoempleo sostenible, a través de empresas sociales, a personas que así lo requieran.
I. Promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva;
II. Vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos y las disposiciones de ellos derivadas;
III. Proponer al Jefe de Gobierno para su expedición, las políticas dirigidas a hacer efectiva la fracción anterior, así como los lineamientos para la formulación, ejecución y evaluación de la política laboral en el Distrito Federal;
IV. Proteger a los trabajadores no asalariados y a los menores trabajadores, así como auxiliar a las autoridades federales en materia de seguridad e higiene;
V. Apoyar y fomentar relaciones con asociaciones obrero patronales del Distrito Federal, procurando la conciliación de sus intereses;
VI. Proponer a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, estrategias para el mejoramiento de la administración e impartición de justicia laboral en el Distrito Federal, para coadyuvar a su aplicación eficiente;
VII. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas y programas en materia laboral en el Distrito Federal, tendientes a la protección y mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores;
VIII. Emitir los lineamientos generales que propicien un mejoramiento en el nivel y calidad de vida de los trabajadores no asalariados, primordialmente de aquellos que realizan sus actividades económicas en la vía pública;
IX. Aplicar las políticas que establezca el Jefe de Gobierno para la promoción y protección de los derechos de los menores que trabajan, y propiciar acciones que impulsen el desarrollo de los derechos laborales de las mujeres en equidad con los hombres;
X. Mantener relaciones con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y las instancias que correspondan para la protección y mejoramiento del salario en el Distrito Federal;
XI. Fomentar el servicio de empleo, capacitación y adiestramiento, así como auxiliar a las autoridades federales a aumentar la cobertura y calidad de la capacitación laboral impulsando una cultura de trabajo que favorezca el respeto a los derechos y garantías sociales a favor de los trabajadores en el Distrito Federal;
XII. Organizar las inspecciones de trabajo en los establecimientos de circunscripción local, en el ámbito de su competencia;
XIII. Proponer y coordinar las campañas publicitarias encaminadas a difundir los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones;
XIV. Promover la productividad en el trabajo, basada en la equidad, seguridad e higiene, capacitación y progreso de los factores productivos;
XV. Proponer la firma de convenios en materia de empleo, competencias laborales y capacitación en el ámbito del Distrito Federal, y en su caso, darles seguimiento;
XVI. Coadyuvar con el servicio de empleo en los Órganos Político-Administrativos; XVII. Promover e implementar las políticas establecidas por el Jefe de Gobierno para que los trabajadores del Distrito Federal y sus familias gocen del derecho a la cultura y recreación, con la intervención que corresponda a la Secretaría de Desarrollo Social;
XVIII. Promover la investigación sobre la problemática laboral en el Distrito Federal, y elaborar diagnósticos, análisis y estudios en la materia, que contribuyan a la formulación de la política laboral en el Distrito Federal, así como promover la participación de organizaciones no gubernamentales en el estudio y difusión de la misma; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones nacionales e internacionales, para desarrollar conjuntamente investigaciones, seminarios y programas de difusión relacionados con dicha problemática;
XIX. Integrar un banco de información estadística y archivo documental de temas relacionados con la problemática laboral, así como proporcionar a trabajadores, empresarios e instituciones académicas, los servicios del centro de documentación e información y la asesoría de su unidad de apoyo e investigación;
XX. Difundir con recursos propios, o mediante convenios con otros organismos públicos o privados, estudios y documentos de interés general, en el ámbito laboral;
XXI. Coadyuvar en el cumplimiento de las funciones desconcentradas de los Órganos Político-Administrativos que correspondan al ámbito de su competencia;
XXII. Tener bajo su adscripción directa a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y a la Inspección Local del Trabajo;
XXIII. Nombrar y remover a los Subprocuradores, Procuradores Auxiliares, peritos y demás personal de apoyo técnico-operativo de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, así como a los Inspectores y demás personal de la Inspección Local del Trabajo excepción hecha del Director General;
XXIV. Fomentar y apoyar la organización social para el trabajo y el auto empleo. Para cumplir con esta tarea deberá promover y difundir las herramientas disponibles y confiables para ofertar servicios profesionales a través de servicios de internet certificados.
XXV. Proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para la protección de los trabajadores;
XXVI. Promover en coordinación con la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Distrito Federal, la integración laboral de las personas recluidas en los Centros de Readaptación Social;
XXVII. Promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores o con capacidades diferentes en los sectores productivos, y
XXVIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Titular

Soledad Aragón Martínez
Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX
Teléfonos:
57 09 32 33 ext. 5003
Correo:
haragonm@cdmx.gob.mx
Twitter:
@SolAragonMtz
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo 20.- Corresponden a las personas titulares de las Secretarías, además de las atribuciones que expresamente les confiere la Ley, las siguientes:
I. Desempeñar las comisiones que la persona titular de la Jefatura de Gobierno les encomiende y mantenerla informada sobre el desarrollo de sus actividades;
II.- Coordinarse entre sí, con la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y con los Órganos Desconcentrados, Entidades, y en su caso con las Alcaldías para el mejor desempeño de sus respectivas actividades;
III. Coordinar a los Órganos Desconcentrados que tenga adscritos y a las Entidades que tenga sectorizadas;
IV. Formular los anteproyectos de presupuesto que les correspondan; con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector;
V. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, las cuales se entenderán delegadas;
VI. Dictar las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos adscritas y proponer a la persona Titular de la Jefatura de Gobierno, la delegación de atribuciones distintas a las delegadas a través de este Reglamento y el Manual Administrativo correspondiente, en personas servidoras públicas subalternas;
VII. Recibir en acuerdo ordinario a las personas servidoras públicas responsables de las Unidades Administrativas y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otra persona servidora pública subalterna, así como conceder audiencia al público, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
VIII. Proporcionar la información y la cooperación técnica que les sean requeridas por las Dependencias o Entidades del Ejecutivo Federal, cuando así lo establezcan los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables;
IX. Hacer estudios sobre organización de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo a su cargo y proponer las medidas que procedan;
X. Adscribir al personal de la Unidades Administrativas y Unidades de Apoyo Técnico-Operativo que de ellos dependa y cambiarlo de adscripción entre las mismas;
XI. Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones jurídicas y administrativas, en todos los asuntos a ellas asignados;
XII. Proporcionar la información y cooperación técnica que les sean requeridas por la persona Titular de la Jefatura de Gobierno o las y los titulares de las demás Dependencias, cuando así corresponda;
XIII. Ejercer, reembolsar, pagar y contabilizar el ejercicio del presupuesto autorizado, para sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XIV. Adquirir y vigilar la correcta utilización de los artículos de consumo, así como del mobiliario y equipo que requieran las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XV. Proyectar y supervisar la ejecución de obras de mantenimiento, remodelación y reparación de los bienes señalados en la fracción anterior, así como autorizar la contratación de los servicios generales y los que requieran las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, con la colaboración de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas aplicables;
XVI. Formalizar, salvo que la persona Titular de la Jefatura de Gobierno establezca disposición distinta, la contratación conforme a la Ley de Adquisiciones y la Ley de Obras Públicas, para la adecuada operación de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, con el apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XVII. Celebrar aquellos convenios y contratos que se relacionen directamente con el despacho de los asuntos encomendados a la Dependencia a su cargo; y
XVIII. Las demás que le señalen las disposiciones jurídicas y administrativas o la persona Titular de la Jefatura de Gobierno.
Abril del 2012 – abril del 2013
Postdoctorado
Universidad Autónoma Metropolitana. Posgrado en Estudios Sociales, línea Estudios Laborales.
2006-2010
Doctora en Ciencia Social con especialidad en Sociología
El Colegio de México
2000-2002
Maestra en Estudios Sociales, línea Estudios Laborales, Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa.
1995-1999
Licenciada en Sociología, Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco.
Febrero 2017 a noviembre de 2018
Oficial Nacional de Formalización del Empleo
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Oficina para México y Cuba.
Febrero de 2012 a febrero de 2017
Asesora académica en la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC)
Febrero de 2016 a febrero de 2017
Asesora en el Senado de la República. Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
Noviembre de 2008 - noviembre de 2009
Asesora Académica en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, Programa de Maestría en Gobierno y Asuntos Públicos.
Tiempo parcial
Estancia Doctoral en el Centre d'Estudis Sociològics sobre la Vida Quotidiana i el Treball – QUIT.
Universidad Autónoma de Barcelona.
Del 1 de marzo de 2010 al 30 de mayo de 2011.
Participación en el Taller introductorio al análisis cualitativo con el paquete ATLAS-Ti
El Colegio de México
México, D.F. 20 al 24 de julio de 2009.
Soledad Aragón Martínez ha dedicado su vida profesional a los estudios del trabajo. Se ha consolidado como experta en temas laborales gracias a su experiencia como investigadora en centros de estudio, formadora de cuadros en organizaciones sindicales, asesora para organismos internacionales e instancias gubernamentales y, actualmente, funcionaria pública.
Es doctora en Sociología por El Colegio de México y fue acreedora a la Beca de la Fundación Carolina para realizar una estancia doctoral en el Centro de Estudios Sociológicos sobre la Vida Cotidiana y el Trabajo, de la Universidad Autónoma de Barcelona.
Es maestra en Estudios Laborales y licenciada en Sociología por la Universidad Autónoma Metropolitana.
Se desempeñó como oficial nacional de Formalización del Empleo de la Oficina para México y Cuba de la OIT, donde coordinó el proyecto sobre formalización laboral en México, puesto desde el cual promovió el trabajo decente.
Sus principales temas de investigación son: mercado de trabajo y grupos vulnerables, sindicalismo, formalización del empleo, género y trabajo.