8.3.1. Procedimiento de acceso para el Programa y Subprograma. 

Para el ingreso al programa social de "Seguro de Desempleo" y subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar” de la Ciudad de México, se publicarán las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mismas que fungen, al mismo tiempo, como convocatoria, toda vez que señalan los requisitos y periodos de acceso al programa. Además, estos requisitos y procedimientos se darán a conocer en el Sistema de Información del Desarrollo Social de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, asimismo en las páginas electrónicas de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo www.trabajo.cdmx.gob.mx y de la Dirección del Seguro de Desempleo www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx, así como en los Módulos de Atención, mediante promoción territorial. 

A fin de brindar una mejor atención y desahogo de las solicitudes que se presenten, la Dirección del Seguro de Desempleo, mediante el micrositio del Seguro de Desempleo www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx y www.trabajo.cdmx.gob.mx, dará los avisos correspondientes, de igual forma las fechas de apertura de plataforma al inicio y término para la recepción de las solicitudes del Seguro de Desempleo y del Subprograma Seguro de Desempleo del Bienestar, durante el ejercicio fiscal 2025. 

Los interesados en solicitar su ingreso al programa social "Seguro de Desempleo" y del subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar” de la Ciudad de México, sin distinción de tipo de población objetivo, deberán cumplir con los requisitos que les correspondan y podrán iniciar su trámite de la siguiente manera: 

1. Si la persona solicitante no tiene una cuenta Llave CDMX, deberá generar una cuenta desde la página www.llave.cdmx.gob.mx, para lo cual deberá contar con un correo electrónico y número de teléfono móvil personales. Esta cuenta es personal e intransferible, y permite el acceso a todas las plataformas digitales de la Ciudad de México, incluyendo la plataforma del Programa. 

2. Una vez generada la cuenta Llave CDMX, la persona solicitante deberá reunir toda su documentación legible en original, que es requisito de acceso, para digitalizarla en formato PDF o JPG. Para completar su documentación, la persona solicitante deberá descargar los siguientes dos documentos: a) Carta Compromiso y b) la Carta Bajo Protesta de Decir Verdad. Ambas cartas se deberán firmar y digitalizar, encontrándose disponibles en la página del Seguro de Desempleo: www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx. 

3. Una vez que se publique la fecha de apertura de los diversos avisos, se publicaran en la página de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, la persona solicitante, desde su cuenta Llave CDMX, deberá realizar su solicitud en la Plataforma Seguro de Desempleo: www.tramites.cdmx.gob.mx/desempleo donde deberá adjuntar su documentación completa y digitalizada, sin excepción alguna, en formato PDF o JPG. Una vez concluida la carga exitosa de la documentación, la página le genera un folio, único e intransferible, que identifica a la persona solicitante en el proceso de revisión documental. 

4. Si los documentos no se agregan de manera completa a la Plataforma Seguro de Desempleo al realizar la solicitud, son ilegibles, no son vigentes o están desactualizados, la Dirección del Seguro de Desempleo se comunicará con la persona solicitante, vía correo electrónico, para que realice la corrección correspondiente dentro de las veinticuatro horas contadas a partir de que se recibió el correo del subsane.

El tiempo máximo de respuesta a la solicitud de incorporación al Programa “Seguro de Desempleo” y Subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar” de la Ciudad de México presentada por las personas solicitantes es de treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha de la presentación en la Plataforma o físicas presentadas en la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo. Plazo que podrá ampliarse en razón de las cargas de solicitudes y de la complejidad técnica de las solicitudes recibidas. 

La Dirección del Seguro de Desempleo cuenta con un área especializada de Atención Ciudadana en Oficinas Centrales y Módulos de Atención Ciudadana en cada una de las 16 alcaldías de la CDMX, con horario de servicio de 9:00 -17:00 hrs, salvo casos excepcionales, donde se recibirá a la población interesada en ingresar su solicitud al Programa Social “Seguro de Desempleo”, para orientarla sobre el proceso de solicitud y los pasos subsecuentes al ingreso de su petición. 

En los casos que, por exceso de actividades administrativas y/o atenciones emergentes (Acuerdo emitido por la persona Titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento Empleo) por causa de fuerza mayor, contingencia, siniestro, eventos programados por la Dirección u otros que deriven en el cierre temporal de Módulos de Atención de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, se colocará un aviso visible en el Módulo de que se trate, a fin de indicar la fecha de reapertura del mismo o de canalizar a las personas solicitantes a otro Módulo o se emitirán avisos en la en la página electrónica del Seguro de Desempleo www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx. 

El domicilio del área de Atención Ciudadana del Seguro de Desempleo, en Oficinas Centrales, está ubicado en la planta baja del edificio de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo en: San Antonio Abad 32, Colonia Tránsito, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06820, en la Ciudad de México. 

En todos los casos, los criterios y procedimientos de acceso para poblaciones de atención prioritaria que atiende el Programa Social “Seguro de Desempleo”; se cuidará, en todo momento, la no revictimización de dichas poblaciones.

De conformidad con la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México, el Programa "Seguro de Desempleo" tiene como objetivo proporcionar un sistema de protección social básico para las personas desempleadas de 18 años a 64 años y nueve meses residentes de la Ciudad de México, especialmente para aquellos sectores que se encuentran en situación de vulnerabilidad y exclusión social, creando las condiciones para facilitar su incorporación al mercado laboral y, con ello, promover el goce del derecho constitucional de empleo digno y socialmente útil, mediante un apoyo económico, oferta de capacitación y estrategias de vinculación laboral. El Programa Social "Seguro de Desempleo" atiende a una población general que corresponde a la población desocupada residente de la Ciudad de México que tiene entre 18 y 64 años con 9 meses de edad cumplidos (salvo las excepciones expresamente contempladas en las presentes Reglas de Operación).

En línea con las disposiciones de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México, en su artículo 10, los objetivos específicos del Programa “Seguro de Desempleo” son: 

a) Otorgar un apoyo económico. Este apoyo se dará hasta por 3 meses, a través de órdenes de pago, cheque bancario u otro mecanismo que se estime pertinente, conforme a las disposiciones jurídicas vigentes y aplicables en la materia. 

b) Concertar cursos de capacitación y adiestramiento, a través de la gestión de la Dirección del Seguro de Desempleo con Instituciones y Organizaciones de capacitación, para el desarrollo de nuevas habilidades que le permitan a la población beneficiaria fortalecer su potencial laboral. 

c) Canalizar a las personas beneficiarias al área de Vinculación Laboral de la Subdirección de Normatividad y Coordinación Operativa para promover su incorporación a un empleo formal, mediante bolsas de trabajo, ferias de empleo u otros mecanismos de vinculación e inserción laboral.

De acuerdo con la Ley de Protección y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, el Seguro de Desempleo constituye un sistema de protección social dirigido a personas desempleadas, residentes de la Ciudad de México. La ley establece que, el desempleo se define como la situación en la cual una persona trabajadora, por causas ajenas a su voluntad, deja o es separada de su empleo formal, ya sea de manera temporal o definitiva, y es privada del salario derivado de su actividad laboral. Asimismo, se especifica que el Seguro de Desempleo podrá otorgarse a aquellas personas desempleadas que sean mayores de 18 años, residan en la Ciudad de México, hayan laborado previamente a la pérdida del empleo para una persona moral o física, con domicilio fiscal en la Ciudad de México al menos durante seis meses, y sean demandantes activas de empleo.

Con base en lo anterior, se considera que la población objetivo del Programa Social "Seguro de Desempleo" está integrada por personas desocupadas con experiencia laboral que residen en la Ciudad de México, tienen entre 18 y 64 años con 9 meses de edad, y han quedado separadas de un empleo formal. La experiencia laboral constituye el criterio diferenciador entre la población potencial y la población objetivo, ya que indica que las personas trabajaron previamente a la pérdida de su empleo. 

En el tercer trimestre de 2024, la población desocupada con experiencia laboral en la Ciudad de México se estimó en 169,478 personas, según datos de la ENOE, lo que representa el 82.88% de la población desocupada. En términos de desagregación por sexo, la población desocupada con experiencia laboral corresponde a 71,963 mujeres (42.4%) y 97,515 hombres (57.6%). Cabe precisar que INEGI considera en esta medición a personas de 15 años y más, en contraste a la población objetivo del Programa “Seguro de Desempleo” de una población de entre 18 a 64 años con 9 meses de edad, por lo que la cifra se considera como una aproximación. 

En cumplimiento con los artículos 11 y 28 de la Ley de Derecho al Bienestar e Igualdad Social (LDBIS), el Programa Social "Seguro de Desempleo" incorpora acciones específicas dirigidas a la atención de grupos de atención prioritaria y emergente, por lo que, estos grupos se consideran parte de la población objetivo. Conforme a la LDBIS, los grupos de atención prioritaria son aquellos que, debido a condiciones de exclusión y discriminación, requieren medidas preferenciales para promover su inclusión social y garantizar la igualdad de oportunidades. Asimismo, se consideran grupos de atención emergente aquellas personas que, como resultado de situaciones excepcionales como catástrofes medioambientales, crisis socioeconómicas u otras circunstancias atípicas, hayan perdido su empleo o experimentado una disminución involuntaria de ingresos. El programa establece medidas diferenciadas que facilitan el acceso a sus beneficios, asegurando un apoyo oportuno y adaptado a las condiciones extraordinarias que enfrentan. 

De esta manera, el Programa Social "Seguro de Desempleo" garantiza un enfoque integral y equitativo, dirigido a atender las necesidades de las personas desocupadas en la Ciudad de México, priorizando a los grupos en situación de mayor vulnerabilidad y adaptándose a las circunstancias específicas de cada sector de la población. Por lo cual, la población objetivo del programa se compone por tres tipos de población que se desglosan en el siguiente cuadro, pero que esencialmente se refiere a: población general, población de atención prioritaria, y población de atención emergente.



Los requisitos de acceso al Programa Social "Seguro de Desempleo” y al Subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar” de la Ciudad de México son transparentes, neutrales, apartidistas, institucionales y congruentes con los objetivos y la población objetivo definida en el diseño del programa, tomando en consideración los principios generales de la política social de la Ciudad de México, particularmente el de equidad social. Los requisitos de acceso aquí establecidos son congruentes con la definición de la población objetivo del Programa Social “Seguro de Desempleo” y Subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar”. No podrán establecerse requisitos de acceso adicionales a los establecidos por las presentes Reglas de Operación. 

Para aquellas personas solicitantes que no cumplan con los requisitos de acceso se implementarán, entre otras acciones, estrategias de canalización hacia los diversos programas complementarios ofrecidos por la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México; además, se invitará a las personas solicitantes a participar en talleres, pláticas, cursos y ferias laborales organizados por dicha dependencia. Esto con el fin de contribuir a su reincorporación al mercado laboral formal y al ejercicio del derecho constitucional al trabajo, tal como lo establece la Ley de Protección y Fomento al Empleo para la Ciudad de México. 

8.2.1. Requisitos de acceso al Programa “Seguro de Desempleo”. 

Los requisitos y la documentación necesarios para presentar una solicitud al Programa Social "Seguro de Desempleo" varían en función del tipo de población a la que pertenezca la persona solicitante. Estas poblaciones se dividen en tres: a) Población general, b) Población de atención prioritaria, y c) Población de atención emergente. 

Los diversos grupos pertenecientes a la categoría de Población de Atención Prioritaria serán canalizados a través de otras dependencias. En atención al compromiso del programa con la inclusión y la equidad, se han establecido medidas especiales para facilitar el acceso de estos grupos; entre las medidas contempladas, se dispone de requisitos diferenciados en cuanto a la documentación necesaria para la inscripción de dichos grupos, así como los criterios de permanencia establecidos para su inclusión en el programa. 

La categoría de Población de Atención Emergente incluye a los individuos que requieren atención específica y diferenciada debido a su situación particular. Las personas solicitantes pertenecientes a esta población deberán cumplir con requisitos relacionados con documentos de canalización emitidos por las dependencias correspondientes. 

8.2.1.1. Requisitos de acceso para la población general. 

De conformidad con las disposiciones de la Ley de Protección y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, artículo 11, las personas desempleadas que puede acceder al Programa “Seguro de Desempleo” deben cumplir con los siguientes requisitos: 

- Ser residente de la Ciudad de México; 

- Tener entre 18 años y hasta 64 años 9 meses cumplidos a la fecha de realizar la solicitud; 

- Haber laborado en un empleo formal previo a la pérdida del empleo, para una persona física o moral con domicilio fiscal en la Ciudad de México, por un periodo mínimo de seis meses acumulados entre 2023 y 2024 en la Ciudad de México; 

- Haber perdido el empleo formal por causas ajenas a su voluntad a partir del 1º de enero de 2023 

- No ser de manera simultánea persona beneficiaria de algún otro programa del Gobierno de la Ciudad de México similar o análogo, con ayuda económica y no percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión o subsidio igual o mayor a lo que el programa otorga. 

El proceso de solicitud de ingreso al Programa se ha digitalizado a través de la Plataforma Seguro de Desempleo. Por esta razón, las personas solicitantes deberán generar su cuenta Llave CDMX en la página de www.llave.cdmx.gob.mx y posteriormente, con su cuenta Llave CDMX, deberá realizar su solicitud en la Plataforma Seguro de Desempleo: www.tramites.cdmx.gob.mx/desempleo, donde deberá adjuntar su documentación debidamente digitalizada (escaneada) del original de todos y cada uno de los documentos requeridos, en formato PDF o JPG, mismos que deberán ser invariablemente completos y legibles. El procedimiento de acceso se detalla con mayor precisión en el apartado correspondiente al numeral 8.3. 

Si los documentos no se agregan de manera completa a la Plataforma Seguro de Desempleo al realizar la solicitud, son ilegibles, no son vigentes o actualizados, la Dirección del Seguro de Desempleo solicitará que se realice la corrección correspondiente, misma que deberá realizarse por la persona solicitante dentro de las veinticuatro horas contadas a partir del día siguiente al requerimiento para subsanar la documentación necesaria. En caso contrario, la persona solicitante deberá primero hacer la aclaración correspondiente ante la autoridad competente y posteriormente continuar con el trámite de ingreso al programa.

La información, documentación y comunicados que por cualquier medio se le haga del conocimiento a la persona solicitante y/o beneficiaria, es de carácter confidencial, personal e intransferible, por lo que su uso es de su estricta responsabilidad, la Dirección del Seguro de Desempleo se deslinda de cualquier mal manejo que se le dé a la misma.


8.2.2. Requisitos de acceso del Subprograma “Seguro de Desempleo del Bienestar”

El Subprograma Seguro de Desempleo del Bienestar es una modalidad del Programa Social “Seguro de Desempleo”, las personas desempleadas que puede acceder a este subprograma deben cumplir con los siguientes requisitos: 

1. Ser residente de la Ciudad de México; 

2. Tener entre 18 años y hasta 64 años 9 meses cumplidos a la fecha de realizar la solicitud; 

3. Haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad; 

4. No ser de manera simultánea persona beneficiaria de algún otro programa del Gobierno de la Ciudad de México similar o análogo, con ayuda económica y no percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión o subsidio igual o mayor a lo que el programa otorga. 

El proceso de solicitud de ingreso al programa se ha digitalizado a través de la Plataforma Seguro de Desempleo. Por esta razón, las personas solicitantes deberán generar su cuenta Llave CDMX en la página de www.llave.cdmx.gob.mx y posteriormente, con su cuenta Llave CDMX, deberá realizar su solicitud en la Plataforma Seguro de Desempleo: www.tramites.cdmx.gob.mx/desempleo, donde deberá adjuntar su documentación debidamente digitalizada (escaneada) del original de todos y cada uno de los documentos requeridos, en formato PDF o JPG, mismos que deberán ser invariablemente completos y legibles. El procedimiento de acceso se detalla con mayor precisión en el apartado correspondiente al numeral 8.3. 

Si los documentos no se agregan de manera completa a la Plataforma Seguro de Desempleo al realizar la solicitud, son ilegibles, no son vigentes o actualizados, la Dirección del Seguro de Desempleo, requerirá se realice la corrección correspondiente, misma que deberá realizarse por la persona solicitante dentro de las veinticuatro horas contadas a partir del día siguientes al requerimiento para que subsane. En caso contrario la persona solicitante deberá primero hacer la aclaración correspondiente ante la autoridad competente y posteriormente continuar con el trámite de ingreso al Programa. 

La información, documentación y comunicados que por cualquier medio se le haga del conocimiento a la persona solicitante y/o beneficiaria, es de carácter confidencial, personal e intransferible, por lo que su uso es de su estricta responsabilidad, la Dirección del Seguro de Desempleo se deslinda de cualquier mal manejo que se le dé a la misma.


Reglas de Operación del Programa Seguro de Desempleo y del Subprograma Seguro de Desempleo del Bienestar 2025


Aviso Seguro de Desempleo Noviembre 2024

Aviso Seguro de Desempleo Octubre 2024

Modificación Reglas de Operación del Programa Social Seguro de Desempleo (9 de julio de 2024)

Modificación Reglas de Operación del Programa Social Seguro de Desempleo (Enero 2024)

Aviso Seguro de Desempleo Marzo 2024

Aviso Seguro de Desempleo Activo Marzo 2024

Aviso Seguro de Desempleo Activo Febrero 2024

Aviso Seguro de Desempleo Activo Enero 2024

Reglas de Operación del Programa Social "Seguro de Desempleo" y el Sub Programa “Seguro de Desempleo Activo” de la Ciudad de México, para el Ejercicio Fiscal 2024


Convocatoria Mercados Seguro de Desempleo 2023

Aviso Seguro de Desempleo Activo septiembre

Aviso Seguro de Desempleo 2023

Aviso Seguro de Desempleo Activo 2023 2da etapa

Aviso Seguro de Desempleo Activo 2023 1ra etapa

Reglas de Operación del Programa Social "Seguro de Desempleo" y el Sub Programa “Seguro de Desempleo Activo” de la Ciudad de México, para el Ejercicio Fiscal 2023


Padrón de solicitudes aprobadas del  Seguro de Desempleo Activo 2022

Modificación Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2022 

Convocatoria del Programa Social “Seguro de Desempleo de la Ciudad de México”, para el Segundo Trimestre del Ejercicio Fiscal 2022

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2022 


Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2021 (5° aviso de modificación 10 de diciembre 2021)

Exención hasta nuevo aviso de la cartilla de búsqueda de empleo (13 de marzo de 2021)

Reglas de Operación de Seguro de Desempleo 2021


Reglas de Operación de Seguro de Desempleo 2020 (modificación al numeral 6.3) (14072020) última actualización

Reglas de Operación de Seguro de Desempleo 2020 (para el ejercicio fiscal 2019 y 2020) para la entrega de “Cartillas de Buscador Activo de Empleo” (18/06/2020) última actualización 

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2020 (14/05/2020) 

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2020 (04/05/2020) 

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2020 (15/04/2020) 

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2020 (03/04/2020)

Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2020


Reglas de Operación Seguro de Desempleo 2019



Padrón de beneficiarios


Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo  1ra acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo  2da acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo 3ra acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo  4ra acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo  5ta acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo  6ta acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo 7ma acta

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias Seguro de Desempleo 8va acta


Lista de folios aprobados para el subprograma social Seguro de Desempleo Activo tercera etapa.

Lista de folios aprobados para el programa social Seguro de Desempleo ordinario primer etapa.

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias para el subprograma Seguro de Desempleo Activo de la Ciudad de México (Segunda Temporada)

Lista de folios que resultaron aprobados como personas beneficiarias para el subprograma Seguro de Desempleo Activo de la Ciudad de México

Folios Aprobados para Facilitadores de Seguro de Desempleo 2023

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Padrones de beneficiarios del Programa Social Seguro de Desempleo y Subpograma Seguro de Desempleo Activo 2022

Padrón de beneficiarios del Seguro de Desempleo Activo 2022


Padrón de beneficiarios 2021

Padrón de personas beneficiarias de la Acción Social Emergente 2021