La población potencial del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025 es aquella que participa en sociedades cooperativas que realizan actividades de producción de bienes y/o servicios, integradas por personas preferentemente desempleadas, con empleo informal o precario, así como constituidas o que estén interesadas en constituirse bajo este esquema, que presenten capacidades organizativas y financieras limitadas, que dificultan a sus integrantes la obtención de un empleo digno e ingreso suficiente a través de la inclusión laboral y productiva en el sistema cooperativista, cuyo domicilio de las personas integrantes y de la operación de la cooperativa sea en la Ciudad de México.”
Consulta aquí la convocatoria del programa Economía Social de la Ciudad de México 2025.
Sesiones virtuales de aclaraciones y dudas
10 de octubre 2025 | 18:00 hrs.
Subprograma: “Cooperativas de Cuidados para la Creación de Cuneros Comunitarios (CUCOS)”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas cuyo objeto principal sea la prestación de servicios cuidado para la primera infancia, precisando que, en la primera etapa, para aquellas aspirantes que busquen su constitución como sociedades cooperativas en el marco del presente ejercicio fiscal 2025, su proceso de certificación se realizará a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. En el caso de aquellas cooperativas ya existentes y certificadas en ejercicios fiscales anteriores, se aceptará documentación formalizada ante alguna de las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, deberán cumplir con todos los requisitos que expiden las autoridades competentes para prestar el servicio de cuidados en la Ciudad de México, documentos, procedimientos de acceso y permanencia para recibir el apoyo en especie en la segunda etapa, establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en la Convocatoria que a tal efecto sea emitida.
Subprograma: “Impulso Popular”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas formalmente constituidas. Precisando que para aquellas aspirantes que se constituyan como nuevas sociedades cooperativas en el marco del presente ejercicio fiscal 2025, su proceso de certificación se realizará a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. Para el caso de aquellas Sociedades Cooperativas ya existentes y constituidas en ejercicios fiscales anteriores, se aceptará documentación formalizada conforme a las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, se deberá cumplir con los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas.
Subprograma: “Creación de Empresas Sociales”
Población Beneficiaria. – Cooperativas, que se constituirán a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. Las personas integrantes de dichas Sociedades Cooperativas una vez constituidas, deberán cumplir con todos los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas.
Subprograma: “Fortalecimiento de Empresas Sociales”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas formalmente constituidas. En el caso de aquellas Sociedades Cooperativas ya existentes y constituidas en ejercicios fiscales anteriores, su proceso deberá haberse formalizado conforme a las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, se deberá cumplir con los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas. Cabe mencionar que las Cooperativas de ahorro y préstamo, por su naturaleza, NO podrán ser sujetas del apoyo, ya que su objetivo principal es la captación de fondos o recursos monetarios y su colocación mediante préstamos, créditos u otras operaciones por parte de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con sus Socios.
Los cuatro subprogramas del Programa “Economía Social de la Ciudad de México”, 2025 deberán entregar los siguientes requisitos (rubricados con tinta azul, por cada uno de los integrantes de la sociedad cooperativa), dentro de los plazos señalados en las convocatorias que sean emitidas y en función del subprograma solicitado.
En el caso de los aspirantes a ser beneficiarios del subprograma “Creación de Empresas Sociales”, deberán entregar en cuatro tantos la documentación abajo señalada, todos los documentos rubricados en tinta azul por todas las personas integrantes del grupo en proceso de Constitución.
Requisitos de Acceso |
Impulso Popular |
Cooperativas de Cuidados para la Creación de Cuneros Comunitarios (CUCOS) |
Creación de Empresas Sociales |
Fortalecimiento de Empresas Sociales |
Tutoriales |
| No ser persona beneficiaria activa simultáneamente de otro programa o acción social de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.
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| No ser persona servidora pública en activo de la Administración Pública local.
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| Que todas las personas integrantes de la Sociedad Cooperativa sean residentes de la Ciudad de México.
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| Proporcionar número de teléfono para información o consultas.
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| Proporcionar correo electrónico para notificaciones de carácter oficial.
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| Identificación oficial vigente de cada uno de sus integrantes copia y original para cotejo.
(Credencial para Votar vigente (INE) con domicilio en la Ciudad de México, Cédula Profesional con fotografía vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional). |
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| Manifestar bajo protesta de decir verdad, de no adeudo por apoyos o comprobaciones pendientes con Dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México relacionados con Programas Sociales del orden federal y/o local, ya sea a título personal o por pertenecer a una cooperativa.
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| Presentar la Solicitud de Registro del Solicitante, según corresponda a cada Subprograma, a la cual deberá incorporarse el Proyecto productivo en la etapa correspondiente del proceso de selección.
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| Que la actividad económica de la Cooperativa aspirante a beneficiaria se desarrolle dentro de la Ciudad de México.
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| Clave Única de Registro de Población de las personas físicas aspirantes a beneficiarias, integrantes de las Sociedades Cooperativas, salvo en los casos que por la propia naturaleza del programa no sea procedente como es el caso de grupos de migrantes, poblaciones en situación de calle y situaciones de indocumentación entre otras, el Comité de Evaluación de Proyectos del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” definirá el procedimiento conducente.
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| Sociedad Cooperativa legalmente constituida, compuesta por un mínimo de 10 personas integrantes.
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| Sociedad Cooperativa legalmente constituida por un mínimo de 30 personas socias o al menos 6 Cooperativas legalmente constituidas para asociarse a un proyecto integrador.
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| Sociedad Cooperativa legalmente constituida, compuesta por un mínimo de 5 personas socias
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| Acuse de Registro a plataforma Tianguis Digital. (cooperativa que se integra).
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(Antecedente) |
| Documentación requerida, en función del vínculo jurídico para uso del inmueble de operaciones. [1]
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X (en su caso) |
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| Denominación de la Sociedad Cooperativa vigente (Constancia de Autorización de Denominación Social emitida por la Autoridad Competente) Conforme a lo indicado en la Convocatoria Pertinente.
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| Registro Federal de Contribuyentes de la Cooperativa con las siguientes características: homoclave, vigente, clave QR bidimensional, estatus Activo o Reactivado, y fecha de emisión menor a tres meses al de su presentación.
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Inscripción al Padrón de Contribuyentes |
| Escritura Pública del Acta Constitutiva, con todos los anexos que la componen, así como actos subsecuentes que comprueben vigencia (en su caso).
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| Constancia de Inscripción al Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas. misma que será indispensable para la dispersión del apoyo económico [2]
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| Registro Federal de Contribuyentes de la persona socia, homoclave, vigente, clave QR bidimensional estatus Activo o Reactivado, fecha de emisión menor de tres meses al de su presentación (Constancia de situación fiscal).
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Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Cambio de estatus en el padrón |
| Comprobante de domicilio de la Ciudad de México de cada una de las personas socias, con fecha de emisión menor de tres meses al de su presentación.
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| Comprobante de domicilio fiscal de la Cooperativa, con fecha de emisión menor a tres meses al de su presentación.
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| Boleta de inscripción al Registro Público de la Propiedad y el Comercio de la Ciudad de México de la cooperativa.
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| Evidencia que acredite la actividad para la cual están requiriendo el Apoyo del programa (producción, comercialización, servicios). La evidencia podrá ser documental –declaraciones de impuestos, notas de venta, facturas de compra y venta–, gráfica –fotos o videos, de producción o de participación en eventos de venta–, etcétera.
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| Cuenta bancaria PyME activa, a nombre de la Sociedad Cooperativa, donde se recibirá el apoyo económico directo, adicionando el Contrato de Apertura de Cuenta con la Institución Bancaria (cuenta de cheques). el cual debe contener la CLABE Interbancaria (en caso de que no contenerla, se debe proporcionar captura de pantalla de dicha CLABE). o bien, Estado de Cuenta con CLABE (o bien, sólo en el caso de cooperativas aún no constituidas, carta compromiso de apertura de cuenta bancaria, con la finalidad de gestionar el otorgamiento del Apoyo Económico Directo. La Cuenta Bancaria a nombre de la sociedad cooperativa será necesaria para realizar la transferencia del apoyo económico).
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| Carta compromiso para apertura de cuenta bancaria a nombre de la Cooperativa a integrarse. Para el caso de la cooperativa que se integra la cuenta bancaria de la cooperativa resultante será la requerida para la gestión del otorgamiento del Apoyo Económico Directo. (Formato proporcionado por la Secretaría de Trabajo y Fomento al
Empleo). [3] |
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[1] Se refiere al documento que da certeza jurídica para el uso del local o espacio de producción de la cooperativa que integra el proceso de 6 cooperativas. En el caso del subprograma de CUCOS se refiere al inmueble en el que se instalará el Centro de Cuidados, mismo que debe cumplir con todos los permisos y documentación expedidos por las autoridades correspondientes para su funcionamiento.
[2] Es un requisito que publicó la Secretaría de Bienestar Federal en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2025, obligatorio para todas las cooperativas constituidas y no constituidas, pero para el caso de Creación de nuevas cooperativas, la STyFE brindará el acompañamiento para la obtención del referido documento.
[3] Al crearse una nueva figura por la integración de las 6 cooperativas se requerirá una cuenta bancaria unificada para la nueva figura.
Sesiones virtuales de aclaraciones y dudas
Te invitamos a participar en nuestras próximas sesiones en línea:
19 de septiembre | 10:00 hrs.
26 de septiembre | 18:00 hrs.
3 de octubre | 11:00 hrs.
17 de octubre | 11:00 hrs.
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PREGUNTA |
RESPUESTA |
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¿Dónde se solicita la Constancia de Autorización de Uso de Denominación o Razón Social? |
La Denominación o Razón Social (DoRS) se solicita en línea a través del portal del Módulo Único de Autorización (MUA) de la Secretaría de Economía ingresando a la liga https://mua.economia.gob.mx/mua-web/muaHome. También se puede presentar la solicitud de manera presencial en las oficinas de la Secretaría de Economía o en sus delegaciones. |
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¿Cómo se solicita la Constancia de Autorización de Uso de Denominación o Razón Social? |
Pasos para solicitar tu DoRS en línea: Ingresar al portal del MUA: https://mua.economia.gob.mx/mua-web/muaHome. Aceptar los términos y condiciones. Solicitar y firmar la denominación o razón social utilizando la e.firma. Esperar respuesta en un máximo de 2 días hábiles. Requisitos: Contar con RFC y e.firma vigente. |
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¿Cuándo solicitar la DoRS? |
Se debe presentar la solicitud de DoRS antes de iniciar el proceso para constituir la Sociedad Cooperativa. |
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¿Qué pasa cuando no se comprueba el apoyo económico recibido? |
Cumplido el plazo estipulado de los 30 (treinta) días hábiles, sin que el Representante Legal de la cooperativa haya presentado ante la Dirección de Fomento al Cooperativismo o la Dirección de Atención a Cooperativas la acreditación del Apoyo Económico Correspondiente o que, habiéndose presentado, se acredite en forma parcial, deficiente o incompleta, se emitirá el oficio dirigido al Representante Legal de la sociedad cooperativa donde se informe que dicha sociedad cooperativa ingresará al padrón de sociedades cooperativas deudoras hasta no tener la acreditación total de dicho recurso; recordando que de persistir tal situación, se elimina la posibilidad de participar en cualquiera de los subprogramas de esta Dirección para los ejercicios fiscales posteriores. |
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¿Qué sucede si no se cumple con exactitud los porcentajes de gastos señalados? |
Para acreditar satisfactoriamente el apoyo económico es obligatorio apegarse a los tiempos establecidos en la presente convocatoria. Así como a los porcentajes antes mencionados, salvo que, por la naturaleza del proyecto, de forma justificada y aprobada por escrito por la Dirección del área correspondiente, implique otros porcentajes. |
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¿Cómo y dónde se obtiene la constancia de inscripción al Registro Público de la Propiedad y el Comercio? |
Para obtener la Constancia de Inscripción en la Ciudad de México se debe acudir de manera presencial al Registro Público de la Propiedad y de Comercio:
1- Acudir al Módulo de Atención: Dirigiéndose a la Subdirección de Ventanilla Única, ubicada en Villalongín número 15, primer piso, Colonia Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, C.P. 06500. 2- Presentar la Solicitud y Documentación: Llenar el formato de solicitud de manera correcta y presentar la documentación necesaria en el Área de Atención Ciudadana. 3- Realizar el Pago: Paga los derechos en instituciones bancarias o centros comerciales autorizados, anexando el comprobante al trámite. 4- Una vez que la documentación sea revisada y el pago cotejado, se recibirá la respuesta del trámite. |
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¿Qué tipo de cooperativas pueden participar en el programa de “Economía Social de la Ciudad de México” 2025? |
De producción de bienes y/o servicios. |
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¿Cuál es el tipo de Régimen Jurídico que se debe solicitar en el nombre? |
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. |
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¿Qué pasa si el proveedor de una cooperativa no puede generar facturas para la comprobación del apoyo económico recibido? |
Tal como se menciona en el apartado ACREDITACIÓN DEL APOYO ECONÓMICO OTORGADO, de acuerdo con la Convocatoria del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025 publicada el 17 de septiembre: “Por cada adquisición realizada, se deberá contar con la factura correspondiente, expedida a nombre de la Cooperativa beneficiaria, en la que deberán describirse claramente los conceptos que amparan dichas facturas y su monto”. Entonces, se deberán realizar las adquisiciones pertinentes con proveedores que puedan generar dicha facturación, tomando en cuenta lo que se menciona posteriormente en el apartado antes mencionado: “...que cubran el monto total (100%) del apoyo económico directo otorgado, y que los conceptos descritos amparen la adquisición de equipo, herramienta o materia prima, relacionada con la actividad de la Cooperativa y que las facturas se encuentren registradas ante el Servicio de Administración Tributaria. No son válidas facturas apócrifas o alteradas, tampoco se aceptarán notas de remisión o tickets para la acreditación del Apoyo Económico Directo, ni tampoco se aceptará la comprobación de artículos prohibidos, o las facturas que no se justifiquen de acuerdo con las bases constitutivas y de acuerdo con el proyecto presentado”. |
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Si se acepta toda la documentación señalada en la convocatoria ¿Eso garantiza la obtención del apoyo económico? |
No, ya que eso es sólo una parte del PROCEDIMIENTO DE ACCESO, entonces dicha documentación estará sujeta a cumplir con los demás puntos de dicho procedimiento. Este proceso estará sujeto a lo que se menciona en el apartado PROCESO DE DICTAMINACIÓN, que a letra dice en la respectiva convocatoria lo siguiente: “Una vez que la sociedad cooperativa cumpla con lo establecido en la presente Convocatoria, así como en las Reglas de Operación del Programa, además de la visita domiciliaria y la Asistencia Técnica, la Dirección de Fomento al Cooperativismo y la Dirección de Atención a Cooperativas, según corresponda, enviarán el listado y los expedientes de las sociedades cooperativas aspirantes a beneficiarias, para su revisión y valoración ante el Comité de Evaluación de Proyectos. El comité sesionará y dictaminarán por cada sesión el listado de los proyectos que considere deban ser apoyados según el cumplimiento de las disposiciones del subprograma correspondiente y la disponibilidad presupuestal, teniendo presente en todo momento el cabal cumplimento de los requisitos de cada subprograma, los criterios de equidad territorial y de desarrollo y fortalecimiento del sector de la Economía Social y Solidaria de la Ciudad de México". |
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¿Qué es el Comité de Evaluación? |
Un Órgano Colegiado que dictamina y en su caso, aprueba como beneficiarias, a las Cooperativas que solicitan la obtención de los apoyos establecidos en el Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025, cuya composición y atribuciones se encuentran establecidas en los Lineamientos establecidos para tal efecto. |
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¿Cuál es la manera adecuada de comprobar el apoyo económico directo? |
Las Cooperativas declaradas beneficiarias del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025, tendrán un plazo de 30 (treinta) días hábiles contados a partir del día siguiente en que recibieron la ministración correspondiente al apoyo económico directo Por cada adquisición realizada, se deberá contar con la factura correspondiente, expedida a nombre de la Cooperativa beneficiaria, en la que deberán describirse claramente los conceptos que amparan dichas facturas y su monto. |
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¿Cuáles son los puntos a considerar al momento de evaluar los proyectos? |
Como se indica en la Primera Modificación a las Reglas de Operación del Programa de Economía Social de la Ciudad de México 2025 en el apartado 9. Criterios de selección de la población beneficiaria: Valorará como criterio de evaluación el número de apoyos que las sociedades cooperativas hayan recibido a través del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2024 u homólogos de ejercicios anteriores. En el caso de las sociedades cooperativas que hayan sido beneficiarias anteriormente, se privilegiará a aquellas que hayan demostrado avances en su creación o fortalecimiento, sostenibilidad y hayan realizado sus comprobaciones en tiempo y forma. |
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¿En qué no se puede utilizar el apoyo económico otorgado? |
De acuerdo a la Convocatoria del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025 publicadas el 17 de septiembre del año en curso no podrán emplear el apoyo económico directo otorgado, en los siguientes rubros: -Pago de deudas. -Pago de rentas. -Pago de impuestos. -Pago de servicios públicos e impuestos locales y federales (predial, IMSS, etc.). -Pago de asuntos judiciales, de liquidación de la Cooperativa o de ampliación del capital social. -Pago de registro de marca y/o derechos autorales o propiedad intelectual. -Pago de servicios personales. -Pago de comisiones bancarias. -Pago de seguros. -Pago de publicidad en medios impresos y/o electrónicos. 17-de septiembre de 2025 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43 -Compra de bienes inmuebles. -Compra de motocicletas y vehículos automotores, nuevos o usados. -Compra de comestibles para consumo propio. -Compras de artículos a través de sitios de internet, cuyo domicilio fiscal se encuentre en el extranjero y/o no se encuentre formalmente constituido ante el Servicio de Administración Tributaria. -Anticipo de rendimientos, ni sueldos, ni salarios. -Obra civil mayor (construcción o remodelación de inmuebles, salvo que se trate de adecuaciones menores o rehabilitación). -Pago de servicios de capacitación, salvo las instituciones educativas con las que la STyFE celebre Convenios para asegurar bajo costo. -Contratación de personal. -Integración de fondos sociales. -Artículos usados. -Compra de equipo, herramienta, materia prima o cualquier otro bien que no se relacione con la actividad productiva de la Cooperativa. |
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¿Dónde y cómo obtener el Acuse de incorporación al Régimen Obligatorio de Seguridad Social? |
Para obtener el Acuse de incorporación al Régimen Obligatorio de Seguridad Social se debe realizar un pre-registro en la liga https://altapatronalpresencial.imss.gob.mx/sapi/plantillaPatrones.do?method=initCapturaMoral para posteriormente generar una cita en la subdelegación del IMSS que corresponda. Pasos para obtener el Acuse de incorporación al Régimen Obligatorio de Seguridad Social Ingresar a la liga https://altapatronalpresencial.imss.gob.mx/sapi/plantillaPatrones.do?method=initCapturaMoral Realizar el registro de Pre-alta para inscripción patronal llenando de manera correcta los campos solicitados. Generar la cita en la subdelegación del IMSS que corresponda, y acudir con la documentación requerida en el comprobante de la cita. |
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¿Todas las personas socias deben tener RFC? |
Sí, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas el 16 de enero, su primera modificación de la misma publicada con fecha del 23 de Julio y la Convocatoria del Programa publicada el 17 de septiembre del ejercicio fiscal 2025; mismas que rigen la instrumentación del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025, en los puntos “8” y “8.2. 1”, Requisitos y procedimientos de acceso, se establece que las cooperativas aspirantes a ser beneficiarias del Programa en cualquiera de sus cuatro subprogramas deberán contar o cubrir según sea el caso con lo siguiente: Registro Federal de Contribuyentes de la persona socia, con homoclave, vigente, con clave QR bidimensional con estatus Activo o Reactivado, y fecha de emisión menor de tres meses al de su presentación). |
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¿Qué pasa si alguna de las personas socias cambia de domicilio durante el proceso de selección? |
Se debe hacer la debida notificación a la Unidad Administrativa correspondiente al subprograma. |
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¿Qué pasa si alguna de las personas socias cambia de domicilio durante el proceso de constitución de la cooperativa? |
Se tendrá que dar aviso ante la Dirección de Fomento al Cooperativismo o la Dirección de Atención a Cooperativas, según sea el caso del subprograma al cual pertenece. |
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¿Cambiarían las obligaciones fiscales de una persona al formar parte de una cooperativa? |
No pero es importante puntualizar que desde el mandato constitucional se establece en el Capítulo Segundo “De los Mexicanos” en su articulado trigésimo primero, fracción cuarta, se establece que los mexicanos deberán: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Por tal motivo la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se fundamenta en el Título Primero, artículo primero, fracción primera. |
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¿La cooperativa puede ser Centro de Capacitación para el programa Jóvenes Construyendo el Futuro? |
Sí, siempre y cuando cumpla y se apegue a los lineamientos establecidos en las reglas de operación y la convocatoria correspondiente. |
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¿Una tienda de abarrotes si aplica para ser participe del programa? |
Todos los proyectos son recibidos, pasan por un proceso de revisión y por el Comité de Evaluación quien determina qué proyectos son los que están en condiciones de recibir el apoyo. |
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¿Una cooperativa de 45 socios de vivienda ya constituida, puede participar? |
El programa está enfocado en apoyar cooperativas de producción y prestación de bienes y servicios. |
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¿Cómo se renueva la Constancia de Uso de Denominación o Razón Social? |
La Constancia de Autorización de Uso de Denominación o Razón Social se renueva en línea a través del portal del Módulo Único de Autorización (MUA) de la Secretaría de Economía ingresando a la liga: https://mua.economia.gob.mx/mua-web/muaHome.
Ingresar con e-firma Aceptar los términos y condiciones. Solicita el desistimiento, y aproximadamente 1 hora después renovar la solicitud de razón social. |
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¿Cómo se tramita la constancia de inscripción al padrón nacional de cooperativas? |
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo dará el acompañamiento correspondiente para tramitar la Constancia de Inscripción al Padrón de Cooperativas en cuanto el INAES establezca el proceso. |
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¿Las cooperativas pueden ser familiares? |
Es necesario verificar la correcta integración de los de los consejos de acuerdo con el artículo 43 bis de la Ley General de Sociedades Cooperativas. |
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Si se modifica el acta por cambio de socios y aún no entregan las modificaciones ¿qué procede? |
Para participar en el subprograma de Fortalecimiento es necesario tener Acta Constitutiva y anexos con los socios que actualmente pertenecen a la cooperativa. De no ser así, no estaría en condiciones de participar en el programa. |
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¿Cuánto aporta cada miembro de la cooperativa? |
No hay un mínimo establecido, los socios acuerdan el monto de las aportaciones iniciales. |
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Beneficiarios de programas sociales como Bienestar ¿pueden participar en el programa? |
Sí, no hay ninguna restricción al respecto. |
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¿El Acta Constitutiva se realizará si somos aceptados? |
Sí, en el subprograma de creación. |
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En la entrega de documentos ¿Deben acudir todos los integrantes? |
Sí, es necesario que todas las personas acudan. |
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¿Todos los socios deberán darse de alta ante el SAT? |
Todas las personas deben de tener estatus de activo o reactivado en su Constancia de Situación Fiscal. |
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¿Qué pasa con socios que están dados de alta en el IMSS, se hace doble aportación? |
No, no es necesario. |
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¿Las amas de casa pueden ser parte de una cooperativa? |
Sí, no existe ninguna restricción. |
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Al momento del pre-registro ¿Cuál es el CUD y qué lo diferencia con la DORS? |
La CUD, se refiere a la Clave Única del Documento, la cual se encuentra en la parte superior de la primera hoja de la Constancia de Autorización de Uso de Denominación o Razón Social. La DORS se refiere a la Constancia de Autorización de Uso de Denominación o Razón Social. |
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¿Quién realizará las Actas Constitutivas correspondientes al subprograma de Creación de Empresas? |
Conforme a la última reforma a la Ley General de Sociedades Cooperativas, con fecha del 16 de abril de 2025, la Certificación de las Actas estará a cargo del INAES. |
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¿Hasta qué fecha se tiene para el pre-registro y en qué fecha se entregan los documentos completos? |
La fecha límite es el 17 de octubre. |
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Una vez cargados los documentos en el formulario de pre-registro ¿Cuánto tiempo tardan en dar cita para? |
De 2 a 3 días, si los documentos se cargan de manera correcta y con las características solicitadas. |
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Para el subprograma de Creación, ¿ya debe estar el Acta Constitutiva? |
En el subprograma de Creación se apoya en realizar el Acta Constitutiva. |
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El formato del proyecto ¿Es escrito libre? |
No, este formato es proporcionado por la Dirección de Fomento al Cooperativismo. |
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¿Cuáles son las características de las fotos solicitadas en el pre-registro? |
Deben ser fotografías claras, en las cuales se aprecien las personas socias realizando las actividades productivas, donde se visualice de manera clara el lugar donde se llevan a cabo estas y del producto o servicio ofrecido. |
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¿No es la Alcaldía quien nos apoya para constituirnos? |
Conforme a la última reforma a la Ley General de Sociedades Cooperativas, con fecha del 16 de abril de 2025, la Certificación de las Actas estará a cargo del INAES. Las Alcaldías ya no cuentan con la atribución de realizar constitución y certificación de Sociedades Cooperativas. |
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¿El croquis es del representante legal o del espacio de trabajo? |
Del espacio donde se realizan las actividades productivas. |
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¿Las capacitaciones de febrero ya no serán necesarias? |
La capacitación que es necesaria se dará a las personas que integren los proyectos que son pre aprobados en el registro y revisión de documentos. |
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¿En qué consistirá la asistencia técnica? |
En visita domiciliaria en donde las personas asistentes técnicas realizarán una verificación del proyecto, así como asesoría con el objetivo de mejorar el proyecto productivo. |
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¿Cuál es la vigencia de la Constancia Autorización de Uso de Denominación o Razón Social? |
La vigencia es de 180 días. |
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Si no han autorizado la Razón Social en la Secretaría de Economía, ¿qué se puede hacer para subir los documentos? |
Colocar la captura de pantalla del nombre registrado en el portal del Módulo Único de Autorización (MUA). |
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¿El RFC con homoclave de los miembros no es necesario? |
Sí, es necesario que cada persona presente su RFC con homoclave. |
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¿El recurso es a fondo perdido? |
El recurso otorgado no es a fondo perdido, corresponde a Capital Semilla, el cual debe comprobarse de la manera en la que se señala en la Reglas de Operación. |
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¿Los profesores pueden integrarse a una sociedad cooperativa? |
Sí, las personas que son profesores pueden integrarse a una cooperativa. |
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¿Qué tipo de cooperativas se pueden integrar y cuántas personas? |
Cooperativas de prestación y producción de bienes y servicios. El mínimo de personas para integrar una cooperativa son 5. |
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¿Actas Constitutivas de notarios, corredor público y alcaldías emitidas antes de abril de 2025, pueden entrar al programa de Fortalecimiento? |
Las actas constitutivas emitidas antes del 16 de abril de 2025 son válidas y estas cooperativas pueden participar en el programa, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos de acceso. |
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¿De dónde se obtienen los formatos, las cartas y el formato del proyecto ? |
Los formatos correspondientes: •Manifiesto Bajo Protesta de decir verdad de no tener adeudos por apoyos o comprobaciones pendientes con Dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México. •Manifiesto Bajo Protesta de decir verdad no ser personas beneficiarias o activas simultáneamente de otro Programa o acción social de la STyFE. •Manifiesto Bajo Protesta de no estar inhabilitados para recibir recursos públicos. •Manifiesto Bajo Protesta de decir verdad de no ostentar cargo alguno como servidor(a) público(a). •Carta Compromiso para Apertura de Cuenta Bancaria a Nombre de la Cooperativa. Son proporcionados por la Dirección de Fomento al Cooperativismo, al momento que se realice la cita derivada del pre registro. |
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¿La STyFE cubre los gastos de la constitución e inscripción? |
El proceso de constitución es gratuito, y posteriormente se deben de cubrir los gastos de inscripción al Registro Público de la Propiedad y de Comercio. |
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Para la verificación domiciliaria ¿es suficiente con que la atienda 1 socio? |
No, es necesario que estén presentes todos los socios. |
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¿Se puede ser beneficiario en dos programas de las STyFE de manera simultánea? |
No, solo uno a la vez. Participar en dos programas de manera simultánea es causa de baja del programa. |
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¿Todos los integrantes deben de tener e-firma? |
Sí es necesario. |
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¿Es válido escanear los documentos requeridos para el pre-registro con un celular? |
Sí, siempre y cuando estén legibles. |
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¿Es válido que un socio viva y tenga su documentación con domicilio en el Estado de México? |
No, el programa está enfocado a personas de la Ciudad de México y proyectos desarrollados en esta entidad. |
Teléfono: 5709 3233 ext. 3063
Teléfono: 50 38 02 00 ext. 3071 o 3062
Teléfono: 50 38 02 00 ext. 3015 o 3079
Para la atención vía telefónica o por correo electrónico, se debe proporcionar nombre completo, correo electrónico y número telefónico.
Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, será el ubicado en Calzada San Antonio Abad No. 32 3°piso, colonia Tránsito, alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06820, en la Ciudad de México
Tiempo de respuesta
El tiempo máximo de respuesta de solicitudes de atención o incorporación al Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025 , no podrá exceder de 30 días hábiles, contados a partir de la remisión de folio de registro de la aspirante a beneficiaria. Todas las solicitudes de incorporación al programa serán respondidas en tiempo y forma.”
Economía Social de la Ciudad de México 2025
Convocatoria del Programa de Economía Social de la Ciudad de México 2025
Lineamientos de Personas Facilitadoras del Programa Economía Social 2025
Economía Social de la Ciudad de México 2024
Reglas de Operación del Programa Economía Social de la Ciudad de México 2024
Economía Social de la Ciudad de México 2023
Convocatoria Economía Social subprograma Fortalecimiento de empresas sociales 2023
Reglas de Operación del Programa Economía Social de la Ciudad de México 2023
Formato de Solicitud de Acceso a Personas Beneficiarias Facilitadoras de Servicios
Lineamientos Comité de Evaluación 2023
Economía Social de la Ciudad de México 2022
Reglas de Operación del Programa Economía Social de la Ciudad de México 2022
Convocatoria Economía Social 2022
Lineamientos Comité de Evaluación 2022
Lineamientos de facilitadores verificadores del programa Economía Social 2022
Lineamientos facilitadores asistentes técnicos Economía Social 2022
Padrón parcial de beneficiarios Economía Social 2022
Formatos Creación de Empresas Sociales
- Cartas de Creación de Empresas Sociales
- Descripción del Proyecto de Creación de Empresas Sociales
- Plan de Inversión Creación de Empresas Sociales
- Solicitud de Acceso Creación de Empresas Sociales
Formatos Fortalecimiento de Empresas Sociales
- Carta de Fortalecimiento
- Descripción del Proyecto de Fortalecimiento
- Plan de Inversión de Fortalecimiento
- Solicitud de Acceso Fortalecimiento
Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México (FOCOFESS 2021)
Acta Administrativa - Actualización padrón de personas verificadoras - 16 de agosto de 2021
Acta Administrativa - Actualización padrón de personas verificadoras - 22 de marzo 2021
Padrón de cooperativas beneficiarias de la Tercera Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
Nuevo plazo 3.ª Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
3.ª Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
Padrón de cooperativas beneficiarias de la Segunda Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
Padrón de cooperativas beneficiarias de la Primera Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
2.ª Convocatoria del Programa FOCOFESS 2021
Acta Administrativa - Selección de personas verificadoras 2021
Cooperativas beneficiaras en lista de espera del Programa Focofess 2020
Tercera convocatoria Subprograma Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias 2020
Segunda convocatoria Subprograma Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias 2020
Acta Administrativa - Selección de personas verificadoras 2020
Primera convocatoria FOCOFESS 2019
Nota aclaratoria de las Reglas de Operación FOCOFESS 2019
Reglas de Operación CDMX 2018 [PDF]
Reglas de Operacion 2017 [PDF]
Modificación a Reglas de Operación 2017 (Gaceta)
Beneficiarias Subprograma Fortalecimiento (Ejercicio Fiscal 2016)
Beneficiarias Subprograma Fortalecimiento (Ejercicio Fiscal 2016) [PDF]
Lista de organizaciones sociales y sociedades cooperativas que no han comprobado el apoyo otorgado
Lineamientos de Operación del Cómite de Evaluación (Cooperativas CDMX 29 de Agosto 2018)
Resultados 3era Convocatoria Fomento,Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias, FOCOFESS 2019
Resultados del Subprograma Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias
Resultados del Subprograma Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias
Resultados 1a. convocatoria Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias, FOCOFESS 2019
Subprograma Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias
Listado de Empresas Sociales y Solidarias beneficiarias.
Subprograma de Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias.
Listado de Empresas Sociales y Solidarias beneficiarias (PDF).
Primera convocatoria FOCOFESS 2019 (PDF).
LISTADO DE ORGANIZACIONES
Publicación Nota Aclaratoria 1A Sesión Extraordiaria
Notificación de Bajas 24 Octubre 2018
Notificación de Altas y Bajas 24 Octubre 2018
Notificacion de Altas y Bajas 06 Noviembre 2018
2018