Directora General del Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México

Información del puesto

LEY ORGÁNICA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Artículo 18.- La persona titular de la Dirección General desempeñará su cargo por seis años y no podrá tener otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúe en representación del Centro de Conciliación, así como en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia no remuneradas.

La persona que ocupe el cargo de la Dirección General será nombrada y, en su caso, removida libremente por la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

Artículo 19.- Para ocupar la Dirección General, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con ciudadanía mexicana con pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
  • Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos al día de la designación;
  • Título y cédula profesional que acredite sus estudios en la licenciatura en derecho, registrado ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, con una antigüedad en el desempeño de la profesión en materia laboral de por lo menos cinco años comprobables al día de su designación;
  • Contar con experiencia y conocimientos comprobados en actividades profesionales o servicio público en materia de conciliación laboral o mecanismos alternos de solución de conflictos, no menor a tres años al día de su designación;
  • Tener conocimientos comprobados con relación al nuevo sistema de justicia laboral;
  • No haber sido dirigente de asociaciones patronales o sindicatos en los tres años anteriores a la designación;
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso;
  • No encontrarse en ningún supuesto de conflicto de intereses;
  • No ser fedatario público, salvo que solicite licencia;