Trabajo No Asalariado




El Trabajo No Asalariado es la labor que una persona presta a otra, un servicio personal que puede ser de forma accidental u ocasional mediante una remuneración económica sin que exista entre las dos personas, trabajador y quien requiera de sus servicios, la relación obrero patronal que regula la Ley Federal del Trabajo.

Con base en las facultades establecidas en el Reglamento para los Trabajadores No Asalariados, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Trabajo y Previsión Social, es la encargada de emitir licencias.

De acuerdo al Reglamento (artículo 3°), son trabajadoras y trabajadores no asalariados:

I.- Aseadores de calzado;

II.- Estibadores, maniobristas y clasificadores de frutas y legumbres;

III.- Mariachis;

IV.- Músicos, trovadores y cantantes;

V.- Organilleros;

VI.- Artistas de la vía pública.

VII.- Plomeros, hojalateros, afiladores y reparadores de carrocerías;

VIII.- Fotógrafos, mecanógrafos y peluqueros;

IX.- Albañiles;

X.- Reparadores de calzado;

XI.- Pintores.

XII.- Trabajadores auxiliares de los panteones;

XIII.- Cuidadores y lavadores de vehículos;

XIV.- Compradores de objetos varios, ayateros; y

XV.- Vendedores de billetes de lotería, de publicaciones y revistas atrasadas.




Beneficios de contar con la licencia y credencial como persona trabajadora no asalariada:


• Ejercer el derecho a realizar un trabajo digno, lo que le permite participar en el desarrollo económico y realizar plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
• Otorga certeza jurídica a la persona trabajadora no asalariada, porque ampara su derecho al trabajo sin ser molestado por ninguna autoridad o particular.
• Otorga una identidad formal como persona trabajadora no asalariada.
• Derechos a asociarse para la defensa de sus intereses.
• Recibir capacitación y conocer sus derechos y obligaciones en el ejercicio de su trabajo.
• Recibir el respaldo y asesoría de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, en caso de conflicto en su lugar de trabajo.

Trabajadoras y trabajadores no asalariados

Requisitos para trámite nuevo


  • 4 fotografías tamaño infantil (iguales)
  • Copia de Acta de Nacimiento (legible)
  • Copia de Credencial para votar (vigente)
  • Copia de Comprobante de Domicilio (actualizado), pueden ser recibos de: Luz, Agua o teléfono
  • Copia del Comprobante de Estudios (último grado de estudios)
  • 2 cartas de Recomendación en original, estas deberán llevar, nombre completo, firma, teléfono y dirección de la persona que recomienda
  • Copia de la Cartilla del Servicio Militar Nacional

Puedes agendar una cita en la página:
https://citas.cdmx.gob.mx/


Documentos para renovación


  • 4 fotografías tamaño infantil (iguales)
  • Copia de credencial para votar (vigente)
  • Copia de Comprobante de Domicilio (actualizado), pueden ser recibos de: Luz, Agua o teléfono
  • Copia de la Credencial o Licencia de Trabajador No Asalariado


Documentos para reposición o extravio


  • 4 fotografías tamaño infantil (iguales)
  • Copia de credencial para votar (vigente)
  • Copia de Comprobante de Domicilio (actualizado), pueden ser recibos de: Luz, Agua o teléfono
  • Original y copia del Acta de extravío levantada ante el Juzgado Cívico
  • Copia de la Credencial o Licencia de Trabajador No Asalariado


Documentos para resello


  • Copia de credencial para votar (vigente)
  • Copia de Comprobante de Domicilio (actualizado), pueden ser recibos de: Luz, Agua y teléfono
  • Original y copia de la Credencial de Trabajador No Asalariado